Obligaciones previstas en el Art. 70 de la LGTyAIP
De conformidad al acuerdo emitido por el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, manifestamos la aplicabilidad que rige al SUTIN.
Los sujetos obligados deberán informar a los Organismos garantes y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.